Nos hacemos eco de comunicado de hoy de la Asociación de trabajadoras/es del Hogar de Sevilla y la Asociación Nosotras de Granada, donde exigen al Gobierno medidas específicas para el sector de empleo de hogar y cuidados:
El Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, nos deja sin medidas de protección social para las trabajadoras del hogar y cuidados.
Las que nos dedicamos a cuidar personas mayores o en situación de dependencia, las que cuidamos a vuestros hijos en casa, permitiendo así la conciliación familiar a una parte de la sociedad, estamos profundamente preocupadas e indignadas porque no nos vemos reflejadas en las medidas del Gobierno. Muchas mujeres se han visto obligadas a seguir trabajando con sobrecarga laboral y haciendo largas de horas de trabajo, con la presión de ser despedidas y quedarse sin su única fuente de ingresos, ya que una de nuestras discriminaciones históricas es la falta de prestación por desempleo.
No hemos recibido información, ni instrucciones ni medios de protección para realizar nuestro trabajo con seguridad. El desprecio a nuestra salud que significa el que no estemos incluidas en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, se perpetúa en la época del coronavirus. Las mujeres que trabajan de externas y que se movilizan todos los días, y las llamadas internas cuando salen del trabajo para ir a sus casas, están expuestas a contagiarse e ir trasmitiendo el virus a sus familias tanto como a las personas que cuidan.
Las mujeres que están en situación de trabajar sin contrato o sin documentación en regla, se han visto imposibilitadas de solicitar el Certificado Acreditativo Individual de Necesidad de desplazamiento personal por motivos laborales, por la negativa de los empleadores a darles la certificación. Esto pone de manifiesto el trabajo de las mujeres migrantes en la economía sumergida, que cubren necesidades sin reconocimiento ni amparo alguno.
Las trabajadoras del hogar no tienen la misma cobertura de derechos laborales y prestaciones sociales que el resto de trabajadores. La ampliación de la prestación de desempleo en esta crisis, consiste en que en las suspensiones de contratos no se exigirá cotización previa y que la prestación que ahora se cobre no estará consumiendo tiempo de una futura a la que pudiera tenerse derecho en circunstancias normales. Nuestro colectivo no puede acogerse a este derecho que se gestionará ágilmente y se presenta como una gran medida para todas las personas trabajadoras. ¿Qué nos ofrecen a nosotras?
Medidas que proponemos:
1. Prestaciones económicas de urgencia, en caso de despido y suspensión de los contratos:
a. Para quienes estaban de alta en la Seguridad Social, y han quedado sin empleo, prestación de desempleo, en la cuantía que hubiese correspondido de existir la prestación en el Sistema Especial.
b. Para quienes no lo estaban, prestaciones económicas suficientes para cubrir sus necesidades vitales, sin exigencia de acreditar permiso de trabajo.
2. Posibilidad de suspensión de los contratos en los casos en que esté indicado por razones de seguridad y salud de las trabajadoras, particularmente en estos casos: trabajadoras mayores de 60 años de edad, trabajadoras embarazadas, trabajadoras incluidas en los grupos de riesgo, con derecho en este caso a las prestaciones previstas para el caso de aislamiento.
3. Que se adopten medidas específicas para las trabajadoras del hogar y cuidado que incluyan: suministro de equipo de protección adecuado con información de los protocolos para evitar el contagio propio como ocurre con el personal sanitario y para evitar poner en riesgo a las personas cuidadas.
4. Que cese en esta crisis la voluntaria invisibilización de la tarea que realizan las trabajadoras de hogar, cuya existencia y aportación en el sistema de cuidados se está ninguneando también en estos días, con el objetivo de poder continuar negándoles derechos.
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