Uno de mis maestros del colegio nos decía en clase que no hiciéramos caso a las ofensas, que a las palabras se las lleva el viento. Me gustaría saber qué pensaría hoy de toda esta cacofonía de insultos, odios, ofensas y querellas. Prácticamente no queda nadie en este estado que no se sienta ofendido/a a diario por algún comentario, opinión, noticia, cartel, canción, película, libro, obra de teatro, baile, eslogan, puesta en escena, performance o cualquiera de las manifestaciones de la libertad de expresión y de creación, del pensamiento ni hablo.
Todo se quedaría en algo personal -allá usted con su fobia, filia o gusto, con no escucharlo o verlo tiene bastante- si no fuera porque va tomando forma tribal, identitaria, grupúscula y alcanza nivel colectivo, a menudo en forma de demanda en un juzgado. Y ahí ya la cosa se pone seria, si no que le pregunten a las mujeres imputadas por el coño insumiso, en Sevilla y ahora en Málaga. O a César Strawberry, Valtonyc, Nyto Rukeli, Willy Toledo, Cassandra y ahora Pablo Hasél. El rapero será llevado a rastras a la cárcel en cualquier momento por una condena (9 meses y un día y multa) del Tribunal Supremo de mayo del año pasado por 64 tuits y una canción en Youtube que la justicia considera delictivos.
Y es que tenemos un Código Penal que blinda al ejército, a la monarquía, a la patria y a la iglesia. La libertad de expresión colisiona de hecho con otros derechos, como el de la dignidad y el honor. En el caso de los delitos de odio (artículo 510), las líneas en las que las ofensas están por encima de la libertad de expresión son difusas y se tiende a castigar de forma muy severa, ejemplarizante, con cárcel, comentarios críticos con la corona, la policía, supuestos ultrajes de palabra a símbolos como la bandera, u ofensas a los sentimientos religiosos. El delito de enaltecimiento del terrorismo y humillación a las víctimas es considerado el más grave de los delitos de opinión. La aplicación de la ley va siempre en la misma dirección, y no es precisamente en la de la libertad de expresión.
El gobierno quiere ahora modificar el Código Penal en muchos de estos delitos, coincidiendo con el último caso de Pablo Hasél. Inmediatamente se han alzado voces judiciales diciendo que no se tenga en cuenta una modificación basada en un solo caso. No es un solo caso, y hay jurisprudencia europea vinculante para España. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) sostiene que las críticas no provocan una situación de riesgo para las personas y por tanto no justifica la limitación de la libertad de expresión, uno de los pilares del estado de derecho. El TEDH defiende, además, que la libertad artística es un componente de la libertad de expresión. Así que la interpretación es restrictiva, de intervención mínima y proporcionalidad.
Como plumilla que soy, no me gusta que me cambien ni una coma a mis textos y desde luego entiendo que el derecho a la libertad de expresión en todas y cada una de sus manifestaciones es lo que debe de estar blindado. Aunque no te gusten, no estés de acuerdo o no compartas. A mí, con todo el respeto, injurias, calumnias, honor, me huelen a pasado en blanco y negro.
Dicen que están en auge los delitos de odio. Lo que está en auge es la incapacidad crítica de la gente, su habilidad y madurez para encajar opiniones diferentes, eso que llaman espíritu democrático en definitiva. Si le añadimos la capacidad amplificadora de las redes sociales, el puritanismo y el triunfo de lo políticamente correcto, ya tenemos servida la intransigencia que ayuda a una aplicación de ley que castiga la disidencia, el pensamiento crítico y la libertad de expresión. El miedo a represalias y cárcel nos lleva a la autocensura y a partir de ahí el futuro se vuelve oscuro. Hoy y siempre, todos/as somos Pablo Hasél.
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